¿Qué tipos de testamento puede redactar una persona?
28 de Agosto de 2017

Más de dos décadas ejerciendo como abogados de herencias en Hortaleza, Madrid, nos hace pensar que el hecho de que cada vez más clientes busquen la ayuda de nuestro despacho es por nuestro prestigio en todas las ramas del derecho que tocamos. Volvemos en esta ocasión a tratar el tema de los testamentos fijándonos en los diferentes tipos de testamento que nuestra normativa legal acepta.

Uno de los tipos de testamento más llamativos, aunque no el más común, es el testamento ológrafo, llamado así porque está escrito de puño y letra por el propio testador. Solo pueden otorgarlo los mayores de edad y siempre debe incluir la fecha y la firma. Cuando testador fallece, los herederos tienen un plazo de cinco años para convalidarlo ante un Juez de Primera Instancia del domicilio del difunto. Pero la persona que lo tenga en custodia debe presentarlo en el juzgado en un plazo máximo de diez días a partir del momento en que tenga conocimiento del fallecimiento. De no hacerlo puede ser declarado responsable de los daños y perjuicios que su demora ocasione.

Sin embargo, como abogados de herencias en Hortaleza, sabemos que el testamento más habitual es el que se denomina abierto. Es un notario quien hace la redacción definitiva y también quien se encarga de custodiarlo y de comunicar su existencia al Registro de Últimas Voluntades del ministerio de Justicia. Existe también un testamento que el testador le entrega en sobre cerrado al notario para que lo conserve y que sólo se abrirá tras el fallecimiento. Su existencia también se debe comunicar al  mencionado Registro de Últimas Voluntades.

En cualquier caso, para evitar problemas en la redacción de un testamento conviene contar con la ayuda de Arnáiz Abogados.  

        ¿Qué tipos de testamento puede redactar una persona?

        Artículos relacionados